'Buey' en la Biblia
No codiciarás la casa de tu prójimo, no codiciarás la mujer de tu prójimo, ni su siervo, ni su criada, ni su buey, ni su asno, ni cosa alguna de tu prójimo.
Si un buey acorneare hombre o mujer, y a causa de ello muriere, el buey será apedreado, y no se comerá su carne; mas el dueño del buey será absuelto.
Pero si el buey era acorneador desde ayer y antes de ayer, y a su dueño le fue notificado, y no lo hubiere guardado, y matare hombre o mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueño.
Si el buey acorneare siervo o sierva, pagará treinta siclos de plata su señor, y el buey será apedreado.
Y si alguno abriere alguna cisterna, o cavare cisterna, y no la cubriere, y cayere allí buey o asno,
Y si el buey de alguno hiriere al buey de su prójimo, y éste muriere, entonces venderán el buey vivo, y partirán el dinero de él, y también partirán el muerto.
Mas si era notorio que el buey era acorneador de ayer y antes de ayer, y su dueño no lo hubiere guardado, pagará buey por buey, y el muerto será suyo.
Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas.
Si fuere hallado con el hurto en la mano, sea buey o asno u oveja vivos, pagará el doble.
Sobre todo negocio de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando uno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.
Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y se muriere o se perniquebrare, o fuere llevado sin verlo nadie;
Así harás con el de tu buey y de tu oveja: siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás.
Si encontrares el buey de tu enemigo o su asno extraviado, vuelve a llevárselo.
Seis días harás tus hechos, y al séptimo día reposarás, a fin que descanse tu buey y tu asno, y tome refrigerio el hijo de tu sierva, y el extranjero.