Deuteronomio 23:20

Del extraño tomarás logro, mas de tu hermano no lo tomarás, para que te bendiga el SEÑOR tu Dios en toda obra de tus manos sobre la tierra a la cual entras para heredarla.

Deuteronomio 15:10

Sin falta le darás, y no sea tu corazón maligno cuando le dieres; que por ello te bendecirá el SEÑOR tu Dios en todos tus hechos, y en todo lo que pusiereis mano.

Deuteronomio 15:3

Del extranjero demandarás el reintegro; mas lo que tu hermano tuviere tuyo, lo soltará tu mano,

Deuteronomio 14:21

Ninguna cosa mortecina comeréis; al extranjero que está en tus poblaciones la darás, y él la comerá; o véndela al extranjero; porque tú eres pueblo santo al SEÑOR tu Dios. No cocerás el cabrito en la leche de su madre.

Levítico 19:33-34

Y cuando el extranjero morare contigo en vuestra tierra, no le oprimiréis.

Deuteronomio 28:12

Te abrirá el SEÑOR su buen depósito, el cielo, para dar lluvia a tu tierra en su tiempo, y para bendecir toda obra de tus manos. Y prestarás a muchos gentiles, y tú no tomarás prestado.

Proverbios 19:17

Al SEÑOR presta el que da al pobre, y él le dará su paga.

Isaías 1:19

Si quisiereis, y oyereis, comeréis el bien de la tierra;

Lucas 14:14

y serás bienaventurado; porque no te pueden pagar; mas te será pagado en la resurrección de los justos.

1 Corintios 15:58

Así que, hermanos míos amados, estad firmes y constantes, creciendo en la obra del Señor siempre, sabiendo que vuestro trabajo en el Señor no es vano.

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