Josué 20:5

Y cuando el cercano del muerto le siguiere, no entregarán en su mano al homicida, por cuanto hirió a su prójimo por accidente, ni tuvo con él antes enemistad.

Números 35:12

Y os serán aquellas ciudades por refugio del pariente, y no morirá el homicida hasta que esté a juicio delante de la congregación.

Números 35:25

Y la congregación librará al homicida de mano del pariente del muerto, y la congregación lo hará volver a su ciudad de refugio, en la cual se había refugiado; y morará en ella hasta que muera el sumo sacerdote, el cual fue ungido con el aceite santo.

Tesoro del Conocimiento Bíblico no añadido

Reina Valera Gómez (© 2010)