Deuteronomio 23:20
Del extraño tomarás logro, mas de tu hermano no lo tomarás, porque te bendiga Jehová tu Dios en toda obra de tus manos sobre la tierra á la cual entras para poseerla.
Deuteronomio 15:10
Sin falta le darás, y no sea tu corazón maligno cuando le dieres: que por ello te bendecirá Jehová tu Dios en todos tus hechos, y en todo lo que pusieres mano.
Deuteronomio 15:3
Del extranjero demandarás el reintegro: mas lo que tu hermano tuviere tuyo, lo perdonará tu mano;
Deuteronomio 14:21
Ninguna cosa mortecina comeréis: al extranjero que está en tus poblaciones la darás, y él la comerá: ó véndela al extranjero; porque tú eres pueblo santo á Jehová tu Dios. No cocerás el cabrito en la leche de su madre.
Levítico 19:33-34
Y cuando el extranjero morare contigo en vuestra tierra, no le oprimiréis.
Deuteronomio 28:12
Abrirte ha Jehová su buen depósito, el cielo, para dar lluvia á tu tierra en su tiempo, y para bendecir toda obra de tus manos. Y prestarás á muchas gentes, y tú no tomarás emprestado.
Proverbios 19:17
A Jehová empresta el que da al pobre, Y él le dará su paga.
Isaías 1:19
Si quisiereis y oyereis, comieréis el bien de la tierra:
Lucas 14:14
Y serás bienaventurado; porque no te pueden retribuir; mas te será recompensado en la resurrección de los justos.
1 Corintios 15:58
Así que, hermanos míos amados, estad firmes y constantes, creciendo en la obra del Señor siempre, sabiendo que vuestro trabajo en el Señor no es vano.
Tesoro del Conocimiento Bíblico no añadido