Deuteronomio 23:20

Del extraño tomarás logro, mas de tu hermano no lo tomarás, porque te bendiga Jehová tu Dios en toda obra de tus manos sobre la tierra á la cual entras para poseerla.

Deuteronomio 15:10

Sin falta le darás, y no sea tu corazón maligno cuando le dieres: que por ello te bendecirá Jehová tu Dios en todos tus hechos, y en todo lo que pusieres mano.

Deuteronomio 15:3

Del extranjero demandarás el reintegro: mas lo que tu hermano tuviere tuyo, lo perdonará tu mano;

Deuteronomio 14:21

Ninguna cosa mortecina comeréis: al extranjero que está en tus poblaciones la darás, y él la comerá: ó véndela al extranjero; porque tú eres pueblo santo á Jehová tu Dios. No cocerás el cabrito en la leche de su madre.

Levítico 19:33-34

Y cuando el extranjero morare contigo en vuestra tierra, no le oprimiréis.

Deuteronomio 28:12

Abrirte ha Jehová su buen depósito, el cielo, para dar lluvia á tu tierra en su tiempo, y para bendecir toda obra de tus manos. Y prestarás á muchas gentes, y tú no tomarás emprestado.

Proverbios 19:17

A Jehová empresta el que da al pobre, Y él le dará su paga.

Isaías 1:19

Si quisiereis y oyereis, comieréis el bien de la tierra:

Lucas 14:14

Y serás bienaventurado; porque no te pueden retribuir; mas te será recompensado en la resurrección de los justos.

1 Corintios 15:58

Así que, hermanos míos amados, estad firmes y constantes, creciendo en la obra del Señor siempre, sabiendo que vuestro trabajo en el Señor no es vano.

Tesoro del Conocimiento Bíblico no añadido

Public Domain